La Junta de Castilla y León en el marco del
Acuerdo 135/2026, de 30 de julio (386 kbytes)
, ha puesto en marcha un plan de ayudas directas para paliar los daños causados por los incendios forestales de este verano en las provincias de Ávila, León y Segovia. Estas subvenciones buscan restablecer el uso de las viviendas y garantizar el mantenimiento de la población en las zonas afectadas:
AYUDAS A LOS AFECTADOS
Medida 4: Ayudas destinadas a reparar los daños causados en las viviendas y en las edificaciones complementarias anejas a la vivienda, incluyendo la reconstrucción en casos de destrucción o inhabitabilidad, siempre que no estuvieran previamente en estado de ruina o abandonadas
Medida 5: Ayudas para la reposición de mobiliario, electrodomésticos y enseres básicos de uso habitual en las viviendas que se hayan visto afectados por los incendios y hayan quedado inservibles.
Gestión de escombros: Retirada de restos producidos en los inmuebles afectados, independientemente de su uso o estado previo de ocupación.
Las cuantías de las subvenciones destinadas a la recuperación de viviendas tras los incendios de 2026 están reguladas por el Acuerdo 135/2026 y sus normas de desarrollo, estableciendo límites máximos según el tipo de bien afectado y la gravedad del daño.
En términos generales, la ayuda cubre hasta el 100% del valor del daño (determinado por informes técnicos oficiales), respetando los siguientes topes máximos:
Vivienda Habitual o Temporal
La subvención se aplica tanto para la recuperación de la vivienda principal como para estancias temporales, siempre que cumplieran con la legalidad urbanística previa al incendio
Reconstrucción total (en caso de ruina): Hasta un máximo de 185.000 €.
Rehabilitación (en caso de daños parciales): Hasta un máximo de 185.000 €.
Menaje Doméstico Básico
Comprende el mobiliario, electrodomésticos y enseres de primera necesidad que hayan quedado inservibles. El límite varía según la intervención en la vivienda:
Si la vivienda requiere reconstrucción: El límite es de 18.000 €.
Si la vivienda requiere rehabilitación: El límite es de 8.000 €
Edificaciones Complementarias
Se refiere a construcciones anejas a la vivienda con uso de garaje, trastero, bodega o similares
Reconstrucción o rehabilitación: En ambos supuestos, el límite máximo de la ayuda es de 40.000 €.