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Vivienda y Urbanismo de Castilla y León

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Actuaciones recuperación de viviendas por incendios forestales 2026

La Junta de Castilla y León en el marco del   Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaAcuerdo 135/2026, de 30 de julio (386 kbytes) , ha puesto en marcha un plan de ayudas directas para paliar los daños causados por los incendios forestales de este verano en las provincias de Ávila, León y Segovia. Estas subvenciones buscan restablecer el uso de las viviendas y garantizar el mantenimiento de la población en las zonas afectadas:

AYUDAS A LOS AFECTADOS

Medida 4: Ayudas destinadas a reparar los daños causados en las viviendas y en las edificaciones complementarias anejas a la vivienda, incluyendo la reconstrucción en casos de destrucción o inhabitabilidad, siempre que no estuvieran previamente en estado de ruina o abandonadas

Medida 5: Ayudas para la reposición de mobiliario, electrodomésticos y enseres básicos de uso habitual en las viviendas que se hayan visto afectados por los incendios y hayan quedado inservibles.

Gestión de escombros: Retirada de restos producidos en los inmuebles afectados, independientemente de su uso o estado previo de ocupación.

Las cuantías de las subvenciones destinadas a la recuperación de viviendas tras los incendios de 2026 están reguladas por el Acuerdo 135/2026 y sus normas de desarrollo, estableciendo límites máximos según el tipo de bien afectado y la gravedad del daño.

En términos generales, la ayuda cubre hasta el 100% del valor del daño (determinado por informes técnicos oficiales), respetando los siguientes topes máximos:

  1. Vivienda Habitual o Temporal

    La subvención se aplica tanto para la recuperación de la vivienda principal como para estancias temporales, siempre que cumplieran con la legalidad urbanística previa al incendio
    • Reconstrucción total (en caso de ruina): Hasta un máximo de 185.000 €.
    • Rehabilitación (en caso de daños parciales): Hasta un máximo de 185.000 €.
       
  2. Menaje Doméstico Básico

    Comprende el mobiliario, electrodomésticos y enseres de primera necesidad que hayan quedado inservibles. El límite varía según la intervención en la vivienda:
    • Si la vivienda requiere reconstrucción: El límite es de 18.000 €.
    • Si la vivienda requiere rehabilitación: El límite es de 8.000 €
       
  3. Edificaciones Complementarias

    Se refiere a construcciones anejas a la vivienda con uso de garaje, trastero, bodega o similares
    • Reconstrucción o rehabilitación: En ambos supuestos, el límite máximo de la ayuda es de 40.000 €.

Acceda a toda la información oficial y los formularios normalizados en el siguiente enlace:  Ayudas para la recuperación de las zonas afectadas por incendios forestales 2026

Actuación directa de retirada de escombros de viviendas y de edificaciones complementarias anejas a la vivienda.
 

Dentro del anexo de inversiones y actuaciones para la recuperación de las zonas afectadas, el Acuerdo incluye la Medida 21, la cual determina:

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