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Vivienda y Urbanismo de Castilla y León

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Informe sobre la Actividad Urbanística de Castilla y León

El artículo 429 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, en su redacción dada por el Decreto 45/2009, de 9 de julio, ordena a la Junta de Castilla y León así como también a los Ayuntamientos con población igual o superior a 5.000 habitantes, o que cuenten con un Plan General de Ordenación Urbana- elaborar anualmente un Informe de Seguimiento de la Actividad Urbanística de su competencia (en adelante ISAU).

El ISAU debe hacerse público en el primer semestre del año siguiente al de su objeto; en el caso de la Junta de Castilla y León este mandato se cumplirá publicando el informe en la Web y remitiéndolo al menos a las Cortes de Castilla y León, al Consejo Económico y Social, al Procurador del Común y al Centro de Información Territorial.

El Reglamento señala un contenido mínimo para el ISAU, que refleja en su estructura las competencias urbanísticas municipales. Lógicamente, este ISAU adapta su índice a las peculiaridades de la actividad urbanística de la Junta de Castilla y León: sin omitir ninguno de los temas que exige el Reglamento, cobran gran protagonismo aspectos no citados allí, como la normativa, la información territorial o el apoyo al planeamiento.

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